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VI Festival de la Radio y TV a favor de la Niñez y la Adolescencia

Los derechos de Byron

Los derechos de Byron

 

 

 

 

 

 

Por Anetta Rayo
www.laprensa.com.ni
Byron era un niño como todos los de su edad, apenas tenía 8 años, pero le encantaba leer. Él no perdía la oportunidad de conocer nuevos términos, cada vez que miraba un rótulo, aunque estuviera en letras pequeñas lo leía, cuando no entendía una palabra le preguntaba a su mamá el significado para comprender. Pero además le gustaba opinar aunque no se lo pidieran. Sus papás siempre lo regañaban, le decían que cuando los adultos hablaban, los pequeños debían callar.

El pobre Byron no entendía por qué no podía exponer sus puntos de vista, si bien no eran los más acertados, para él era importante que lo tomaran en cuenta.

Una mañana mientras iba de camino al colegio el pequeño Byron les dijo a sus papás que quería salir en el talent show bailando. En ese momento ambos (mamá y papá) permanecieron en silencio, no sabían que a Byron le gustaba el baile. Segundos después:

—¿Qué? — le preguntó su papá.

—Pues, me gustaría participar en el evento que van a realizar en el colegio. Aún no es seguro qué haré, pero quiero participar— comentó el pequeño.

Al papá de Byron no le gustó la idea. Así que le dijo de todo para que desistiera y se desanimara. Pero las palabras de éste no le mataron la ilusión y rápidamente contestó:

—Creo que sería bueno participar en una actividad donde van a estar todos mis amigos. Además es una forma de expresarme— le respondió con temor, pero seguro.

El papá del pequeño se sorprendió de la respuesta, y sabía que Byron tenía razón y aunque a él no le gustaba era uno de sus derechos como persona: participar y recrearse de forma sana. Así que no se negó. El día del evento bailó. Sus papás estaban orgullosos y lo aplaudieron hasta el final.

 

 SABÍAS QUE...

 

 

Según el artículo 13 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

1. El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oral, escrita, impreso, en forma artística o por cualquier otro medio que el niño elija.

2. El ejercicio de este derecho está sujeto a ciertas restricciones, que serán las que la ley prevea y sean necesarias.

La Convención sobre los Derechos del Niño fue aprobada por las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.

Recuerden, chavalos, según el Código de la Niñez y la Adolescencia tenemos derechos y deberes que cumplir.

 

 Tomado del suplemento Chavalos del 8 de cotubre de 2009 

 

 Tomado del suplemento Chavalos del 8 de cotubre de 2009 

 

 Tomado del suplemento Chavalos del 8 de cotubre de 2009 

 

 Tomado del suplemento Chavalos del 8 de cotubre de 2009 

 

 Tomado del suplemento Chavalos del 8 de cotubre de 2009 

 Tomado del suplemento Chavalos del 8 de cotubre de 2009 

 Del Diario La Prensa de Nicaragua www.laprensa.com.ni

 

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